La presión judicial sobre las plataformas de reparto y la aplicación de la Ley Rider en España han sentenciado el modelo de los falsos autónomos. Entre sanciones millonarias y la obligación de contratar repartidores, el sector se enfrenta a una subida inevitable de los costes laborales. ¿Es posible mantener la rentabilidad del delivery sin que el consumidor pague más?
Hace escasos días, la prensa anunciaba que la justicia italiana intervenía Glovo, concretamente su filial italiana, por salarios mínimos, turnos excesivos y control de los repartidores. Y es que, las prácticas laborales de esta multinacional creada en Barcelona hace años que generan no solo polémicas o ríos de tinta, sino acciones más contundentes. En España, por ejemplo, estas han dado lugar a la denominada Ley Rider, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales.
La situación legal del modelo de reparto: los falsos autónomos
En la Unión Europea, la regulación sobre riders de plataformas de entrega de comida ha evolucionado rápidamente. Tanto como la actividad de dichas empresas, y en respuesta a las controversias suscitadas al respecto: tanto sobre la clasificación laboral de estas personas trabajadoras (popularmente conocidos como riders) como sobre las condiciones en que operan.
Y es que, se ha normalizado de tal manera y tan rápidamente pedir un Glovo o acudir a los servicios de Uber Eats o Deliveroo, que una vez más la actividad ha ido por delante del marco regulatorio (también de la conciencia de los consumidores y consumidoras acerca de las implicaciones de su pedidos).
En España, por ejemplo, una sentencia relevante del Tribunal Supremo en 2020 concluyó que los riders de la plataforma Glovo estaban integrados en la organización empresarial y, por tanto, debían considerarse personas empleadas y no autónomas, sentando un precedente importante en la jurisprudencia española sobre la materia.
Así, de no regularse la situación de esos repartidores podrían considerarse falsos autónomos, es decir, obligados a trabajar en las mismas condiciones que una persona asalariada pero al margen de las obligaciones básicas de protección social y derechos laborales. Una práctica contra la que actúa la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluso mediante campañas de información y sensibilización.
Tras ese pronunciamiento, España promulgó la denominada Ley Rider (Real Decreto-Ley 9/2021), que introduce en el Estatuto de los Trabajadores una presunción de relación laboral para los repartidores de plataformas cuando exista dirección, control y organización a través de algoritmos o gestión de la plataforma.
A nivel europeo, la UE ha adoptado el mismo enfoque sobre trabajo en plataformas con el fin de armonizar esta protección en todo el territorio. Muchos de los Estados miembros han dado pasos en la misma dirección. Y la UE exige ahora transparencia en la gestión algorítmica.
El uso de algoritmos en el puesto de trabajo resulta controvertido. En las plataformas digitales los utilizan para la gestión de los riders que realizan trabajo a través de sus aplicaciones o sitios web. Sin embargo, era común, hasta ahora, que dichos trabajadores no fueran informados sobre el uso de sistemas de supervisión, geolocalización o tratamientos de datos personales.
Tensión legal y de costes: la presión sobre las plataformas
Si algo ha quedado claro durante los últimos cinco años, es que el sector de la hostelería debía virar hacia un modelo que preservase la salud y bienestar de sus talentos para sobrevivir. De hecho, muchos de los chef y CEO que han participado en los numerosos eventos organizados por BDI para sondear ese futuro incierto han compartido cómo estrategias al respecto han mejorado notablemente su actividad. De hecho, hablan de una menor tasa de rotación y absentismo, y de una mejora en el ambiente de trabajo y en la calidad del servicio.
Es más, desde Barra de Ideas y Gallina Blanca FoodService, el pasado año se recopilaron algunas de estas experiencias de hosteleros en una guía muy ilustrativa y práctica. El objetivo: que muchos otros lograsen revertir situaciones precarias a través del bienestar laboral.
Y en este punto de inflexión, parece no tener cabida un modelo que automatiza por completo la relación con sus repartidores y que, además, en algunos casos, parece aprovechar situaciones de vulnerabilidad.
Esta situación ha obligado a las empresas a reformular sus modelos. Por ejemplo, Glovo ha pasado en 2025 a integrar a parte de su plantilla de riders como asalariados, y en 2026 ya cuenta con representación sindical activa. Las razones de este giro de 180 grados responden no solo a la urgente necesidad de situarse dentro del marco legal, sino a la de aliviar la carga económica que suponen las sanciones (algunas de ellas por motivos ajenos al modelo laboral) o la carga moral que le afean ciertos consumidores o consumidoras, y que puede derivar en una grave crisis reputacional.
No solo eso. Mientras algunos hosteleros encuentran en este modelo la salvación de sus negocios, pues les facilitan el acceso a servicios de distribución de comida a domicilio a bajo coste, otros aquejan una competencia desleal (también la plataforma JustEat lo ha hecho).
La viabilidad del cambio de modelo
Cierto es que la forma de consumir ha cambiado radicalmente. Muchos consumidores y consumidoras quieren un menú asequible en la puerta de su casa y lo quieren ya. La entrega rápida y barata que proporcionan estas plataformas satisface una demanda creciente que ha conquistado, especialmente, a los estratos más jóvenes.
Sin embargo, ¿estaría dispuesto ese consumidor a pagar más por un reparto más justo? ¿por condiciones laborales dignas? No hay que olvidar que el modelo de asalariados suele empujar los costes laborales (más gestión, bajas médicas, turnos de trabajo…) y, con estos, el precio final del producto o servicio.
Y los hosteleros, aquellos que abrazaron sin consideraciones este modelo, ¿estarían dispuestos a perder cierto margen de beneficio a través de un canal de reparto menos económico? ¿Estaría poniendo en entredicho la rentabilidad del canal delivery?
En general, los consumidores están dispuestos a pagar más por aquellos productos de marcas que de verdad apuesten por la sostenibilidad, la justicia social y la transparencia. Estudios recientes en la UE señalan que el 43 % de los consumidores ha tenido en cuenta el impacto medioambiental en al menos una o dos compras recientes, por ejemplo.
De hecho, aunque los consumidores en España usan habitualmente este tipo de plataforma para sus pedidos a domicilio, también se detecta una alta tasa de incidencias y quejas al respecto. Así pues, todo apunta a que, informada la sociedad sobre la repercusión de su consumo y el porqué de los costes, esta actuará de acuerdo a condiciones que querría que se le aplicarán llegado el caso.





