VERI*FACTU, otra vez: Hacienda anuncia un nuevo aplazamiento a 2028

by Candela Méndez del Olmo | Oct 11, 2026

Cuando ya estabas preparando el TPV o avanzando en la adaptación de los sistemas, la fecha vuelve a moverse. Hacienda ha anunciado un nuevo aplazamiento de VERI*FACTU, que llevaría hasta octubre de 2028 la aplicación de las obligaciones para los sistemas informáticos de facturación.

El anuncio llega después de varios cambios en el calendario y vuelve a introducir una variable en la planificación de empresas, autónomos y profesionales: qué hacer si la adaptación ya está contratada y qué decidir si todavía no se ha iniciado.

VERI*FACTU: una fecha que ya ha cambiado varias veces

Desde que se aprobó el Real Decreto 1007/2023, el calendario de VERI*FACTU ha cambiado en dos ocasiones. La norma fijaba inicialmente el 1 de julio de 2025 como fecha de aplicación de los nuevos requisitos para los sistemas informáticos de facturación.

El primer aplazamiento llegó en abril de 2025. El Real Decreto 254/2025 retrasó la aplicación hasta el 1 de enero de 2026 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y hasta el 1 de julio de 2026 para el resto de obligados. La propia Agencia Tributaria explicó entonces que el retraso respondía, entre otros motivos, a la dilación en la tramitación del reglamento y a la publicación tardía de sus especificaciones técnicas.

En diciembre de 2025, la fecha volvió a cambiar, el Gobierno aprobó un nuevo aplazamiento de un año. El Real Decreto-ley 15/2025 trasladó el plazo al 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y al 1 de julio de 2027 para el resto. 

Ahora, llega el tercer movimiento del calendario. El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció una nueva modificación que llevaría las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, con el objetivo de hacer coincidir este calendario con el de la factura electrónica.  El cambio busca evitar que empresas, autónomos y profesionales tengan que realizar adaptaciones tecnológicas sucesivas para responder a obligaciones relacionadas con la digitalización de la facturación.

La Agencia Tributaria recoge ya la comunicación del Ministerio sobre la previsión de ampliación, pero la normativa publicada continúa estableciendo los plazos de 2027 derivados del Real Decreto-ley 15/2025.

Para que octubre de 2028 se convierta en el nuevo plazo obligatorio deberá aprobarse y publicarse la correspondiente modificación normativa. Por tanto, conviene distinguir entre el calendario anunciado por Hacienda y el que formalmente establece en este momento la normativa.

Más tiempo para adaptarse, pero no para olvidarse

Ante le nuevo cambio de fecha, surgen dos grandes cuestiones:

  • ¿Qué ocurre si la adaptación ya está contratada?

El aplazamiento no convierte en inútil una adaptación que ya se haya realizado. La Agencia Tributaria explica en sus preguntas frecuentes sobre VERI*FACTU que los sistemas que cumplen los requisitos establecidos pueden utilizarse voluntariamente antes de que llegue la fecha obligatoria. Esto significa que una empresa que ya haya adaptado su software puede seguir avanzando en la implantación, pruebas y familiarización con el nuevo sistema.

Lo que sí cambia es el contexto de la decisión. Ante un nuevo horizonte temporal, resulta razonable revisar con el proveedor qué se ha contratado, qué actualizaciones están incluidas y cómo afectará el futuro calendario de la factura electrónica.

El retraso también puede ser una oportunidad para probar el sistema sin la presión de una fecha inmediata, detectar problemas de integración y adaptar los procesos internos antes de que llegue la obligación.

  • ¿Y si todavía no he empezado?

No hay que confundir el aplazamiento con la desaparición de la obligación. VERI*FACTU forma parte de un proceso más amplio de digitalización de la facturación que incluye también la factura electrónica.

Precisamente por eso, antes de contratar una solución tecnológica conviene comprobar qué obligaciones cubre, qué actualizaciones futuras contempla y cómo se integrará con el resto de sistemas de facturación.

Esperar a que se publique definitivamente el nuevo calendario puede tener sentido para quien todavía no ha iniciado la adaptación. Pero esperar hasta el último momento no es una buena opción.

La referencia definitiva será la norma que formalice el nuevo calendario. Hasta entonces, octubre de 2028 es el plazo anunciado por Hacienda, mientras que las fechas de 2027 continúan siendo las que recoge la normativa vigente.

Candela Méndez del Olmo
Candela Méndez del Olmo